La Ley de caza del País Vasco es una ataque contra la caza racional, moderna y sostenible
La nueva Ley atenta contra los recursos naturales de álava
Jueves, 31 de marzo de 2011
El pasado día 17 de marzo el máximo órgano legislativo de la Comunidad Autónoma de Euskadi aprobaba la Ley 2/2011 de Caza. Cierto es que desde hace más de una década esta Comunidad Autónoma venía reclamando una actualización de la legislación vigente en materia de caza, no porque la Ley Estatal de 1970 fuera insuficiente para regular el recurso -que de hecho no lo es a pesar de haber pasado más de 40 anos desde su promulgación-, sino porque la evolución de las poblaciones cinegéticas, la aparición de nuevas problemáticas relacionadas con el avance de nuestra sociedad y una nueva concepción de la caza como instrumento de conservación de la naturaleza, requerían una adaptación de la legislación a los nuevos tiempos.
Por otra parte la singularidad del territorio alavés en cuanto a organización, gestión y estado de conservación del medio natural estaba necesitada de una regulación adaptada a sus características, hecho que se consumó con la aprobación de una normativa foral específica en la materia en 2004.
El camino de la nueva Ley ha sido largo, y se ha caracterizado por un cierto ocultismo de acción frente a los intereses cinegéticos de álava, ya que desde el principio los cazadores alaveses han estado al margen de este proyecto legislativo. La Federación Territorial de Caza y la Asociación de Cotos de Caza de álava (A.C.C.A.) han tenido que mendigar la información, y en las pocas ocasiones en las que han tenido acceso al proceso, todas sus iniciativas y recomendaciones han sido rechazadas por unos grupos políticos que, a la vista de los resultados, tenían y tienen poco conocimiento del modelo de gestión y de la riqueza natural de este territorio.
Ahora, de forma alevosa y por la puerta de atrás, ha quedado aprobada la nueva Ley en la que ya, y de partida, se obliga a las sociedades de caza a regularse por la Ley del Deporte 14/1998, de 11 de junio, en clara contraposición a la Constitución Espanola, en la que claramente se diferencia la caza de las actividades deportivas. En este sentido la nueva Ley, y según este principio de usurpación de identidad, dejaría fuera del mundo de la caza a asociaciones con tanto prestigio y recorrido como las alavesas, inscritas en registros diferentes a los deportivos. Por otra parte, difícilmente se puede entender que al amparo de la nueva legislación, resurjan las zonas de caza de aprovechamiento común (zonas libres), y lo que aun es más grave, ¡sin exigencia de que estas zonas tengan un plan técnico de aprovechamiento!. ¿dónde se concibe esta situación en nuestros días? Este escenario, superado desde 2004 en álava, ahora, se vuelve a recuperar en contra de las normas más elementales de conservación y sostenibilidad del patrimonio cinegético. Otros elementos como la utilización de reclamos mecánicos -que no electrónicos- y el empleo de trampas selectivas para el control de predadores -homologadas por el Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino-, quedan también prohibidos al amparo de esta nueva Ley. ¿Cómo es posible establecer planes técnicos en espacios acotados y no hacerlos en terrenos libres? ¿Cómo se puede autorizar un coto intensivo, con el riesgo para el medio natural que entrana, solamente en zonas acotadas, a priori, de mayor valor faunístico? ¿Qué intereses esconde este proyecto?
No se ha dado solución a materias, tan fundamentales económicamente para el colectivo, como son los siniestros en carreteras y los danos causados por las especies de caza a los aprovechamientos agroganaderos. ¿Acaso se pretende la eliminación de los cotos de caza? ¿Comparte esta pretensión también la Diputación Foral de álava? Desde el sector cinegético alavés se ve una clara finalidad con esta Ley: impedir el normal desarrollo de esta actividad tradicional, tal y como se venía desarrollando en este territorio, sin aportar soluciones a la falta de relevo generacional de los cazadores y sin preservar una actividad económica tan importante para Ayuntamientos y Juntas Administrativas ¡no tardaremos, seguramente, en lamentarlo!
Y mientras tanto la opinión pública ha estado distraída con argumentos banales relativos a las distancias de seguridad, sin analizarse otros aspectos fundamentales que, a la vista está, comprometen seriamente la conservación de los recursos naturales alaveses.
Desde la Asociación de Cotos de Caza de álava y la Federación Territorial de Caza de álava, se van a realizar consultas al Consejo de Estado y al Defensor del Pueblo para estudiar la viabilidad de plantear un recurso de inconstitucionalidad a la nueva Ley, que antes de nacer, ya está cargada de polémica y, a decir de muchos, supone el fin de un sistema sostenible de gestión que lleva funcionando con notable éxito, en el territorio alavés, durante las dos últimas décadas.
TEóFILO RUIZ DE VINASPRE CORTéS DNI: 16.516.333
ASOCIACIóN DE COTOS DE CAZA DE áLAVA
ENRIQUE MELLADO ITURRATE DNI: 14.864.751
FEDERACIóN TERRITORIAL DE CAZA DE áLAVA