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Cazando por la linde

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(@alfonso-urbano-lopez-de-carrizosa)
Reputable Member
Registrado: hace 7 años
Respuestas: 490
 

Buenas a todos,

Lo primero es felicitaros por este fantástico foro en el cual si bien no me había decidido a participar hasta ahora, llevo bastante tiempo entrando para aprender de los "sabios" que por aquí se encuentran que no sois pocos.

Quería aprovechar también para lanzaros una pregunta a ver si me la podeis resolver, ya que aunque he buscado en leyes y normativas, no he sido capaz de encontrar nada claro, es la siguiente:

¿Que dice la ley acerca de cazar en la linde entre dos cotos, o mejor dicho, "por la linde" (en el caso que esta sea un camino por ejemplo)? ¿Hay que respetar alguna distancia? Concretamente me interesa saber que dice al respecto para el rececho.

Bueno pues ahí queda, espero que me podais ayudar.

Un saludo y gracias de antemano!



   
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(@Javier Sanz )
Noble Member
Registrado: hace 7 años
Respuestas: 1176
 

Hola Alfonso Urbano,

Lo primero no soy ningún sabio, pero intento conocer la normativa de la o las comunidades donde cazo. En segundo lugar sería bueno saber en qué comunidad autónoma cazas, para saber a qué Ley de Caza se puede hacer referencia, que, aunque creo que todas se basarán en la misma Ley (Ley de caza del 70), puede haber variaciones entre comunidades...
Otra cosa, los caminos se suelen considerar zonas de seguridad, te copio parte de un artículo de la mencionada Ley:
"Artículo 13. Zonas de seguridad
1. Son zonas de seguridad, a los efectos de esta Ley, aquellas en las cuales deben adoptarse medidas precautorias especiales encaminadas a garantizar la adecuada protección de las personas y sus bienes.

2. Se considerarán Zonas de seguridad las vías y caminos de uso público, las vías pecuarias, las vías férreas, las aguas públicas, incluidos sus cauces y márgenes, los canales navegables, los núcleos urbanos y rurales y las zonas habitadas y sus proximidades. Tendrán análoga consideración las villas, jardines, parques destinados al uso público, los recintos deportivos y cualquier otro lugar que sea declarado como tal en razón a lo previsto en el número anterior del presente artículo.

3. Reglamentariamente se prohibirá o condicionará, según los casos, el uso de armas de caza en las Zonas de seguridad y en los lugares en que su ejercicio pueda perjudicar al ganado o a su normal pastoreo. "
Después de lo dicho, se estipulan unas franjas de protección. Tampoco se debe disparar en dirección a estas zonas de seguridad, y se debe de descargar el arma cuando vayas a cruzarlas o te acerques a ellas. Para la caza mayor y para la caza de paloma en paso en vías pecuarias y caminos forestales se exceptúa esta prohibición (al menos en el Reglamento anterior en Aragón).
Respecto a cazar "por la linde" se puede cazar por la misma linde, de tablilla a tablilla, siempre que se cumpla lo dicho anteriormente sobre las zonas de seguridad (revisa la legislación de domde caces, lo agradecerás). Otra cosa es que hieras una pieza de caza en la linde o en tu coto y se "meta" en el del vecino, en ese caso, si es de caza mayor, debes de avisar al titular del coto para informarle de que vas a entrar a cobrar la pieza y que te dé su autorización, al menos en Aragón así se hace...

Saludos y bienvenido



   
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(@Gerardo Pajares Bernaldo de Quiros)
Famed Member
Registrado: hace 7 años
Respuestas: 3503
 

La interpretación de si una carril o pista es o no zona de seguridad es un clásico. Por aquí -Asturias- se realizaron en su momento las consultas oportunas de modo que a día de hoy tenemos claro que solamente tendrían la condición de zona de seguridad aquellos caminos que tengan la declaración de utilidad pública y que la zona de seguridad tan solo se extiende a la zona de dominio público. Así, y con carácter general, no son zonas de seguridad las pistas forestales, los caminos de concentración parcelaria, las vías pecuarias, etc. Tampoco lo son los caminos privados. De todos modos en el caso de un encuentro con la benemérita es mejor no armar follón y pedir que si practican denuncia aclaren el lugar exacto con referencias geográficas exactas para luego reclamar al ayuntamiento o autoridad que corresponda la aclaración de la naturaleza jurídica de la vía, y en su caso exigir las responsabilidades administrativas o penales a la autoridad si hubiera un exceso en sus cautelas.

Por otra parte parece que es un mal general lo de cazar las lindes. Creo que existe la sensación de que el vecino lo hará antes que nosotros, que los corzos son mejores y más abundantes, etc. En fin, pillerías de cazadores.

Alfonso, espero que andes algo mejor que el último día que nos vimos. Un abrazo.



   
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(@alvaro-mazon-sanchez-de-neyra)
Noble Member
Registrado: hace 7 años
Respuestas: 1025
 

Independientemente de lo que te diga la ley, lo que la educación y la cortesía dicen es que no se deben cazar.

No digo que sea tu caso, pero en total acuerdo con lo que te apunta Gerardo, no entiendo bien esa obsesión de todo el mundo por estar en la linde del vecino.

Alvaro



   
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(@Alfonso Treviño )
Noble Member
Registrado: hace 7 años
Respuestas: 1715
 

Coincido con vosotros, además se da la paradoja que mientras se buscan los escasos de los linderos, se dejan los abundantes del "cogollito", que para mediados finales de abril ya se habrán dando de galletas, y muchos se habrán ido tan campantes a la casa del vecino!!!.

Conozco a un amigo que sufre verdadera calentura los primeros veinte días de la temporada buscando a corzos y a vecinos y cuando los ve en los dos lados de las tablillas se monta unas historias increibles.

Debe ser como la obsesión de ver el hombre del tiempo en varios canales de TV y demás manías que tenemos algunos, el caso es no disfrutar y ser como el perro del hortelano....!!!

Alfonso Treviño.



   
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(@Javier Sanz )
Noble Member
Registrado: hace 7 años
Respuestas: 1176
 

Buenos animales hay en los lindes y en las orillas de los caminos y carreteras secundarias, el cazarlos o no dependerá, más que de nuestras buenas intenciones, nuestra educación y nuestra cortesía, de los buenos vecinos y de los buenos transeuntes.
En ocasiones he cazado en las carreteras, en los caminos y lindes de cotos animales no muy buenos y siempre por "prescripción facultativa" para evitar tener que dar de comer a los buitres, machos descabezados cazados, o dentro del coto en zonas de difícil acceso por nuestro coto y bueno por los del vecino, o en las orillas de caminos y carreteras, y desde luego que no me agrada lo uno ni lo otro, lo uno por la falta de gracia en el cazar y lo otro por los problemas que puedan surgir con tus vecinos. Cuando con tus vecinos te lleves bien y sean de confianza primará la cortesía en los lindes, cuando no sea este el caso, cumpliendo la normativa se tendrán que tomar otras medidas. Bien conoces Alfonso el problema del furtivismo legal e ilegal en los cotos de Teruel con las monteses...



   
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(@Alfonso Pérez Briz )
Prominent Member
Registrado: hace 7 años
Respuestas: 989
 

Alfonso Urbano.

Puedes añadir los caminos, arroyos, etc. en el plan cinegético como zonas cazables y si no son muy transitados te lo admitirán.

Personalmente, cuando rececho por caminos o desde caminos, no llevo cartucho en la recamara y cuando me he encontrado con la Guardería o el Seprona, jamas me han dicho nada.

Respetado Alfonso Treviño: los que vamos todos los días a los cotos, nos tenemos que "enganchar" por fuerza, si no es con los furtivos, es con los seteros y los cangrejeros que pisan y cortan alambradas a su antojo, o con los de las tencas que se tiran todo el día alrededor de las charcas mientras las moruchas o las de lidia se mueren por beber de la charca que has pagado de "tu" bolsillo para "tus" reses, y que decir de los sacos de mierda que personalmente recojo todos los lunes producida por los anteriores y por los domingueros. ¡ A riña diaria señores !.

Alfonso Pérez Briz de Salamanca



   
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(@Alfonso Treviño )
Noble Member
Registrado: hace 7 años
Respuestas: 1715
 

Alfonso, tb respetado, en mi post no me refería exacatamente a lo que has plasmado muy bien y que es una de las lacras del campo.

Te podría poner muchos ejemplos pero del último que me acuerdo fue el año pasado en una finca alacreña donde la linde va por el barranco me encontré a un paisano puesto en mi casa, con el rifle en las piernas ( hay malla de tres alambres ) a cincuenta mts dentro y dominando su ladera al irme a el, me dijo que no hacía ningún mal que estaba allí para verlos mejor y que no iba a matar ninguno dentro!!!..Le intenté explicar lo de la propiedad privada, pero no creo que me entendiera y hubo un momento que parecía que el malo era yo!! Manda hue...como dijo Trillo.

saludos cordiales,

Alfonso Treviño.



   
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(@Alfonso Pérez Briz )
Prominent Member
Registrado: hace 7 años
Respuestas: 989
 

Claro Alfonso, hablamos de lo mismo y pensamos igual y si hay algo que me repatea sobremanera es que se permiten el lujo de alardear que han cazado la finca de fulano o mengano mientras un auditorio de babosos lo jalean como si fuera un héroe. Incomprensible.

Alfonso Pérez Briz



   
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(@tomas-allende-martinez-cubells)
Eminent Member
Registrado: hace 7 años
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Hola a todos,
cerrando la temporada de rececho de venado (Ya se que no es corzo, pero sirve para contar lo mismo ,-)) iba yo de vuelta con mi primo, por un camino al coche.

El coche lo había dejado en un camino de un coto arrendado a mi nombre en Zamora.

El Seprona estaba junto a mi coche, y yo volvía con el rifle descargado (pero con balas en el cargador).

Me acerqué a saludar, y me dijeron "Hola, nos enseña los papeles por favor" (No preguntaron que tal, ni nada parecido).

Me solicitaron y presenté DNI, Lic. Armas, Lic Caza, Guia Rifle, Seguro, Precintos.

Me pidieron la autorización nominal del titular del coto. Les dije que según tenía entendido que no me hacía falta, pues tanto el titular del coto como el arrendador del mismo, son los que tienen que conceder dichas autorizaciones, y yo lo era.

Me comentaron que como no tenían porqué conocer a todos que presentara el original del contrato de arrendamiento o una copia compulsada.

Me ofrecí a bajar al pueblo y enseñársela, pero no accedieron.

Resumiendo:

Tal como han hecho la denuncia parezco el mayor furtivo de España.

Me han denunciado por falta muy grave, por cazar sin autorización en zona de seguridad (Pues consideraban que al volver por el camino estaba cazando, aún llevando el rifle descargado. No se si pretenden que llevemos el cerrojo en el bolsillo...)

No me dejaron ver la denuncia insitu aunque lo solicité.

Resumiendo, posible pena de 1-3 años sin licencia y de 400-4.000€ de multa.

Ahora ponte a demostrar que no era zona de seguridad, que no estabas cazando, y que eres el arrendatario del coto... Unas cosas son evidentes, pero otras...

Lo que quiero decir es que si se la cogen con papel de fumar... cuidado con lindes, con caminos de cabras o con cazar en tu casa.

En fin, si ves al Seprona corre!!!!!!!!!!!

Tomás Allende M-Cubells



   
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(@alvaro-mazon-sanchez-de-neyra)
Noble Member
Registrado: hace 7 años
Respuestas: 1025
 

Tomás,

Los del Seprona, en su línea, como casi siempre.

Alvaro Mazon



   
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(@Gerardo Pajares Bernaldo de Quiros)
Famed Member
Registrado: hace 7 años
Respuestas: 3503
 

Tomás, esa denuncia tiene toda la pinta de archivarse si presentas las alegaciones oportunas, pides un careo o reconstrucción de hechos. La GC tiene presunción de veracidad pero tiene que contar la verdad, y me consta que suelen hacerlo aunque ello dé con el archivo de la causa. si efectivamente venías de retirada, ellos no vieron que disparabasm acechabas o persegúias a una pieza de caza, etc. no pueden acreditar el hecho de que estés cazando. Pueden suponer que lo hayas hecho pero la presunción de inocencia te protege. He vivido unas cuantas situacione semejantes y creeme que sé de lo que hablo.

Solicita que el instructor acredite la naturaleza de la vía, la extensión del dominio público si es que existe para esa pista, las zonas de seguridad son las que son y no las que la GC quisiera que fueran.

en cuanto a la documentación presente o no en el momento de la denuncia eso ya es otra cuestión, pero me parece que eso no da para mucho si el resto de cosas estaba bien.

Si no te han citado la argumentación jurídica de los hechos por los que eres denunciado y si no te permiten ver la misma o te facilitan copia incurren en indefensión del denunciado, y eso suele invalidar el procedimiento. La vía jurídico contenciosa administrativa va a ser la que dirima el asunto, de todos modos habla con tu abogado por si por los actos que describes el seprona hubiera incurrido en un error de procedimiento o en algo peor. No es usual con ellos pero a veces pasa.

Saludos



   
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(@Chaín )
Reputable Member
Registrado: hace 7 años
Respuestas: 360
 

Estimado Tomás lamento profundamente el hecho.

A mí me llevaría cinco minutos hacer un pliego y tirar la denuncia por tierra, si me pongo a repasar diez, pero seguro que te lo arreglan en dos minutos, que uno es bastante lerdo…

De lo que no te va a librar nadie son de los cincuenta o cien euros que el instructor te va a colocar al estimar en parte tus alegaciones, que la administración no se la envaina así como así y en este caso te recomiendo que pagues y calles resignado.

Saludos.



   
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(@Alfonso Pérez Briz )
Prominent Member
Registrado: hace 7 años
Respuestas: 989
 

Tomas.

A mi entender, si no fuera porque llevabas munición en el cargador, todo quedaría en agua de borrajas.

Yo personalmente recurriría de la mano de un abogado y si es especialista en caza mejor.

Creo, y he dicho hasta la saciedad a quien me ha querido escuchar, que el Seprona es esencial para que aun queden " bichos " en el campo, pero de ahí a aguantar chulerias va un abismo.

Suerte Tomas



   
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(@Fernando Sanz Pérez)
Estimable Member
Registrado: hace 7 años
Respuestas: 205
 

Hola Tomas, vaya la que te han liado!
Decirte que conozco un caso parecido en el que pillaron a un paisano cazando la menor en un camino y mas en concreto la becada. Le denunciaron porque llevaba la escopeta cargada al pasar por el camino alegando que era zona de seguridad. En el recurso le valio y mucho, el presentar un certificado del ayuntamiento del municipio y firmado por el alcalde, confirmando que el camino no era un camino publico y si mas bien un sendero utilizado por coches y tractores para ir al monte a por leña o a realizar labores agricolas. Quizas por ahi te puedas ayudar. Tambien te valdria y mucho una autorizacion firmada por el arrendatario del coto que hacia limite al tuyo y al camino, diciendo que te autoriza a discurrir y cazar por dicha linde.
Un saludo y suerte.



   
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