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Seria advertencia

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(@jaime-cortecero-torres)
Estimable Member
Registrado: hace 7 años
Respuestas: 180
 

Este fin de semana me ha parado en el campo una pareja de agentes medio ambientales de la JCyL, me han registrado el coche, documentacion, precintos y autorizaciones. Despues de comentar sobre el campo, me ha realizado una curiosa advertencia sobre la reglamentacion en cuanto a la realizacion de fotografias en el campo y el uso de las trailcams.

Segun estos agentes medioambientales toda fotografia sobre fauna o flora necesita de autorizacion y el uso de las trailcam tambien, llegando a decomisarlas si las encuentran en el campo. No entre a rebatir o pedir argumentacion o ley que regule fotografiar el campo y prohiba el uso de las trailcam. Eso me lo reservo para pedirlo en este mensaje a quien me pueda aclarar. Los guardas no los vi yo como para preguntarles o examinarles de legislacion, vamos que me la envainé. Ni me atrevi a preguntarle si en el sitio de donde se llevara la camara me dejaria recibo del bien incautado como deberia ser de precepto.

No es menos cierto que debo de agradecer que me advirtieron y no me denunciaron como dicen que pueden hacer, no me decomisaron la camara que llevaba colgada ni me pidieron las trail. Pero quede advertido.
Agradeceria a quien pueda aclarar y dar informacion de como debemos de proceder ante la denuncia y el decomiso.

Saludos



   
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(@Alberto Tendero Fernández-Cabrera)
Eminent Member
Registrado: hace 7 años
Respuestas: 45
 

Como no exista una normativa autonómica en Castilla y León que así lo indique, te aseguro que en Andalucía no hay nada que se le parezca.

Alberto Tendero.



   
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(@mario-bregana)
Honorable Member
Registrado: hace 7 años
Respuestas: 667
 

Alucino Jaime. Puede que dentro de poco haya que solicitar autorización para usar los primáticos o el telescopio, pagando seguramente la cantidad X en concepto de tasas. Quizás también sea objeto de gravamen desgastar el camino o respirar aire.

Estoy seguro que actuaste con vista al no enfrentarte e informarte antes.
Lo del "fototrampeo" ya había oído que la precisaba en algunas CA http://www.fototrampeo.es/cms.php?id_cms=6 , aunque tampoco se precisar en que ley se basa semejante necesidad, pero respecto a la fotografía de fauna o flora, fuera de Parques u otras figuras de protección especial, es la 1ª vez que oigo semejante melonada.

Voy a intentar enterarme con más precisión a través de algún amigo profesional.

Estoy seguro que a ningún furtivo le hace gracia saber que en el monte puede haber camaras donde que testimonio de sus andanzas, pero puede que a los guardas tampoco les haga gracia salir ellos en estado de "reposo" con la fecha y la hora (donde estaban y cuando). Me temo que estamos en la era de la información, y claro los poderes o las administraciones no tragan el no tener el monopolio.

En todo caso, si hay algún responsable de alguna administración que lea estos diálogos, que reflexione por favor en el flaco favor que haría a la naturaleza si se empecinaran en una postura de este tipo. Solo se conserva o se preserva lo que se conoce.



   
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(@Gerardo Pajares Bernaldo de Quiros)
Famed Member
Registrado: hace 7 años
Respuestas: 3503
 

Creo que hay algunos espacios protegidos -parques nacionales y naturales- en los que se hace alguna mención específica en los planes de uso y gestión. De hecho, anel Principado de Asturias, existe un precio público en la Ley de tasas pero entiendo que solamente es aplicabel en los espacios gestionados por la administración.

En lo que se refiere al fototrampeo me dejas estupefacto. Será cosa de investigar. Va resultar que en este país nuestro vamos a ser más papistas que el Papa.

Saludos



   
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(@Javier Sanz )
Noble Member
Registrado: hace 7 años
Respuestas: 1176
 

Me he quedado anonadado ¡¡ Creo que ésto tiene que ver, presuntamente, con la SGAE, habrá que investigar...
De todas formas, preguntaré si hay alguna normativa al respecto en Aragón, pero sería la primera noticia que tengo.

Saludos.



   
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(@santiago-segovia-perez)
Reputable Member
Registrado: hace 7 años
Respuestas: 419
 

Jaime ¿donde ha sido, en Soria?



   
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(@Alfonso Pérez Briz )
Prominent Member
Registrado: hace 7 años
Respuestas: 989
 

Buenos días a todos.

Me lo han explicado de maravilla y con una amabilidad digna de elogio en la sección de caza de la Junta en Salamanca. Resumo lo escuchado.

Las trailcams estarian prohibidas solamente si es para vigilar especies protegidas o para vigilar caza con atrayentes.

En una finca particular se puede poner sin ningún tipo de permiso, por ejemplo para vigilar el ganado, etc.

En los caminos públicos sería competencia de las Subdelegaciones del Gobierno.

No obstante, se pueden pedir permisos para su utilización los cuales se gestionan con agilidad.

Alfonso Pérez Briz



   
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(@Javier Sanz )
Noble Member
Registrado: hace 7 años
Respuestas: 1176
 

Me han comentado en el Servicio Provincial de Medio Ambiente, muy amablemente, que en principio no hay ninguna prohibición expresa, a no ser que en los pliegos de condiciones de aprovechamientos de los Montes de Utilidad Pública y/o montes privados se diga lo contrario, en las Reservas de caza si que está prohibido en ciertas fechas por molestias a la caza, así como otros usos de los montes que estén dentro de la Reserva (en este caso en berrea en ciertos parajes de los Montes Universales).

Por otro lado tampoco es algo habitual (no recordaba que nadie hubiera hecho consulta alguna por este tema) y no se recuerda que estuviese prohibido. También habría que saber el uso que se le irían a dar a las fotografías ...

Mejor casi no preguntar y saber que en Reservas y/o Cotos Sociales es mejor no hacer fotos si no se está autorizado en fechas claves como berrea o a especies amenazadas, y en el resto de montes, "seguramente" no habría problema, o no debería haberlo ...



   
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(@jaime-cortecero-torres)
Estimable Member
Registrado: hace 7 años
Respuestas: 180
 

Estoy a la espera de respuestas oficiales y otras gestiones que con celeridad muchos de vosotros habeis iniciado. Gracias a todos. Volvere con noticias.

Saludos



   
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(@Julián Coca Borrego)
Reputable Member
Registrado: hace 7 años
Respuestas: 314
 

Creo que esos agentes interpretan las normas muy a su modo y manera, existe una prolija reglamentación del Ministerio del Interior para la instalación de camaras de vigilancia, en ella se incluye una parte dedicada a su uso por los particulares, en concreto cuando dichas camaras dominen zonas públicas, en muchos casos se exige que sean montadas por empresas de Seguridad autorizadas por el Ministerio y cumpliendo las normas a las que he hecho referencia, para fotografiar animales no he visto la menor limitación en esa legislación, que estudié en su día para las camaras de vivgilancia que tengo montadas en mi casa dentro de un medio urbano.

Si las camaras dominan un camino público si necesitan autorización aunque estén dentro de una propiedad privada.

Cordialmente, Julián Coca



   
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(@Leopoldo Osborne Cólogan)
Honorable Member
Registrado: hace 7 años
Respuestas: 504
 

Como esto siga así, y con las nuevas leyes de internet, nos van a cerrar el foro. Y del foro de fotografias van a fichar una docena de terroristas. Mario, ándate con cuidado que te van a catalogar de francotirador.



   
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 javi
(@javi )
New Member
Registrado: hace 7 años
Respuestas: 2
 

soy forestal en cyl y en principio todo el tema referido a fotografías y filmaciones estarían reguladas por la ley 4/89 de espacios. Solamente se requiere autorización para fotografiar en lugares o espacios con una determinada regulación y para especies catalogadas o de interés. Para realizar fotografías a especies cinegéticas en terrenos sin una regulación especial no es necesaria ningún tipo de autorización. En ocasiones cabe la duda de la utilización de pequeños lugares para ocultarse, pero por ejemplo, el hide es legal, siempre que se utlicice de manera provisional en terrenos forestales de U.P. y con la consiguiente autoriación de la entidad local propietaria del monte. Si el hide se colocara en terreno agrícola o parcela privada es totalmente legal, salvo que el propietario del terreno se negara. Este caso es habitual en estas fechas, cuando fotógrafos y cazadores coinciden en el campo. Algún fotógrafo nos cuenta que fue "asaltado" por unos cazadores en un vehículo que le preguntaron que que hacía, que porque hacía fotos, que no podía estar en el coto y cosas así. Esto es muy gracioso porque nadie, sin ser agente de la autoridad, puede actuar como tal. Si existieran sospechas de furtivismo o actividad ilegal, se debe informar y nunca "atropellar" a una persona que simplemente disfruta de un hobby en un terreno, en muchos casos, de U.P. Con esto no quiero generalizar, pero cada vez más existe este problema, que los terrenos parecen ser solamente cotos de caza. Hay que recordar que el cazador solamente paga un derecho de aprovechamiento, al igual que paga el maderista o el ganadero. Que abría que regular otros aprovechamientos y hacerlos compatibles de acuerdo, pero de momento el tema está así.
gracias



   
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(@Alfonso Pérez Briz )
Prominent Member
Registrado: hace 7 años
Respuestas: 989
 

Gracias a tí Javier, has echado más luz sobre la duda que algunos teníamos.

Alfonso Pérez Briz

P.D. Se me olvidaba decirte que es norma del foro que firmemos con nuestro nombre al terminar los escritos, digo esto porque te pueden editar los mensajes. Saludos Javier.



   
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(@Alfonso Pérez Briz )
Prominent Member
Registrado: hace 7 años
Respuestas: 989
 

Una pregunta Javier:

En una Trail camp de estas, he capturado la imagen de unos perros cazando, el sujeto no ha salido y deduzco que estaba justo al otro lado del "ojo" de la cámara a juzgar por la forma de mirar de los perros. Si al final sale el " fulano " ¿ sabes si me sirve para ponerle una denuncia ?. Las imágenes están tomadas en un coto de caza de una finca particular. A ver si al final le voy a tener que pagar derechos de imagen, que todo se podía dar.

Gracias Javier.

Alfonso Pérez Briz



   
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(@Francisco Javier López Maraver)
Honorable Member
Registrado: hace 7 años
Respuestas: 655
 

Como bien dices tocayo, el cazador sólo paga el derecho a cazar, y los terrenos no son sólo cotos de caza, pero en esto que cuentas hay una gran difrencia.
El cazador no le provoca problemas ni al ganadero, ni al leñador con su actividad, y si se las provoca ha de haber entendimiento. Sabe el cazador perfectamente que el que está en el campo todos lo días son estos otros personajes y no él, y además sabe que para ambos sus actividades son modo de vida, les producen unos gastos de arrendamiento, y los beneficios suelen ser pocos.
Pues bien el fotógrafo, sin querer por supuesto (por lo menos en el 90% de los casos, porque hay otros donde si pueden molestar durante la caza, encantados, pues su visión pseudoecologista así les hace actuar), puede llegar a molestar al cazador, el cual se deja unos buenos euros para disfrutar de unos días de su actividad favorita. Vamos que el cazador a diferencia de ese fotógrafo paga por su ocio unos derechos en el terreno, y además este ocio suyo puede verse interferido por el de el fotógrafo que está allí sin pagar un duro.
Personalmente creo que el monte es bien público allí donde lo es, pero el único tonto que paga por disfrutarlo es el cazador... ¿Y si hacemos cotos de fotos? No olvidemos que los cazadores que también disfrutamos con la fotografía estamos haciendo fotos en cotos que previamente pagamos para poder cazar.
Es este un tema que tiene mucha tela que cortar y no tan sencillo como lo planteas Javier. Yo por lo menos lo veo así.
Un saludo



   
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