Foros

Debatir, compartir, aprender
Avisos
Vaciar todo

la sentencia que faltaba

2 Respuestas
2 Usuarios
0 Reacciones
2,287 Visitas
(@senen-ramos-padre-ramos-alvarez)
Honorable Member
Registrado: hace 7 años
Respuestas: 280
Iniciador del debate  

http://www.diariodeleon.es/noticias/provincia/condenan-a-un-coto-por-no-impedir-a-los-animales-entrada-en-autovia_649578.html
Tendremos que hacer patrullas con palos para ahuyentar a los animales de las inmediaciones de las autovías.
No hay ni una sola sentencia que condene a los que construyen las autovías, por no hacer caso de la obligaciòn que tienen de adoptar medidas atenuantes del impacto ambiental.
Me refiero a la construcción de pasos naturales adecuados para que las especies transiten en el medio sin interrupciones, según sus movimientos estacionales, algo que unicamente se construido para los linces en Andalucía, y algunos países de Europa.
Parece que los jueces o bien los abogados que defienden los cotos, no han salido de sus cavernas locales, a ver mundo y actualizar sus conocimientos medioambientales.



   
Citar
(@Bernardo Gutiérrez )
Eminent Member
Registrado: hace 7 años
Respuestas: 13
 

Muy buenas Senén: en según que zonas, no hay nada que hacer, da igual autovía que carretera comarcal (en Asturias, por ejemplo, ni siquiera se te debe ocurrir oponerte a la demanda, pues te cae el lote completo: principal, intereses y costas, hay que negociar directamente con el demandante). Muchos jueces entienden que la responsabilidad es en estos casos solidaria del titular de la autovía, del mantenedor de la carretera y del coto de caza. Los que reclaman, principalmente aseguradoras, huyen de las reclamaciones contra el titular de la vía y sus subcontratados, a despachar en vía contenciosa, y ello no sólo porque ésta sea más lenta, sino porque muchas veces se absuelve a la administración.
Por lo tanto lo más fácil es ir contra el coto de caza, que si es privado nunca escapa -bajo la increíble fórmula de la falta de diligencia en la conservación del acotado-, hasta que de una vez se cambie la normativa, o se aclare la actual, pues la norma ya se cambió, sin resultado alguno (esperemos a ver qué va pasando con las sentencias de Castilla y Leon a raíz de la modificación especial que introdujo la Junta en la materia).
Una pena, pero es lo que hay.
Saludos.

Bernardo Gutiérrez San Miguel



   
ResponderCitar
Compartir: