Primera sentencia absolutoria de un coto por atropello tras la reforma de la ley
El Juzgado absuelve a la Junta y al titular de un coto por un accidente por un corzo en la CL-116
Una buena noticia para mí al menos. Aquí tenéis más información:
http://www.agrestecaza.com/ver_noticia.asp?id=5739
Ecologistas en Acción ha manifestado su oposición frontal. Un nuevo motivo que aducen para oponerse es que los animales cinegéticos son ahora "ganadería" que está en cercados y con alimentación artificial por lo que el "propietario" tiene que hacerse responsable de su cabaña (ver cadena Ser de CyL).
Se podrá o no estar de acuerdo, pero tiene su lógica.
Saludos
Siempre he mostrado mi desacuerdo con este punto de la Reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial. Puesto que los animales salvajes se consideran "res nullius", y es el Estado quién a través de las distintas Leyes de Caza y Conservación ejercen su tutela efectiva regulando la forma en que han de ser cazados, y obteniendo un beneficio económico por ello, del mismo modo que lo obtienen los titulares de los derechos cinegéticos y acotados quienes adquieren la propiedad de las piezas, mediante la ocupación, desde el momento de su muerte o captura. O a través de la venta de las diferentes acciones comerciales de caza.
No me parece correcto, que una "persona que pasaba por allí", tenga que asumir los daños ocasionados, por un animal, que reporta beneficios económicos a un tercero.
Es cuanto menos paradójico, que en un proceso se solicite aplicar a un furtivo una pena basada en la perdida económica que la muerte del animal ocasiona. E inhibirse de la responsabilidad que ese mismo animal puede provocar en un accidente de Tráfico, cuando conductor y vehículo circulan adecuadamente.
Personalmente, me inclino más hacia la posición de la FAO, respecto a la propiedad y responsabilidad de la caza.
http://www.fao.org/docrep/005/y3844s/y3844s06.htm
Saludos.
Laureano de Las Cuevas.

