Buenas noches.
Feliz año a todos.
El próximo viernes 18/01/2019 nuestro despacho organiza una conferencia en materia de caza, en la que intervendrán como ponentes cuatro Magistrados y un miembro del SEPRONA.
En la misma, se debatirá sobre asuntos tan variados como al transporte de armas de caza, el transporte de piezas de caza en circunstancias especiales como puede ser el aguardo nocturno de jabalí, el delito de maltrato animal, las consecuencias jurídicas del incumplimiento de ciertas normas y el control judicial de los expedientes sancionadores entre otros, con especial incidencia en las resoluciones revocatorias y denegatorias de renovación de licencias de armas.
Por si fuera de vuestro interés, ésta se desarrollará de 6 a 9 de la tarde en la Casa de la Cultura de Utrera.
Adjunto cartel anunciador con el detalle de Ponentes.
Un saludo.
Buenas Tardes Vicente.
En mi caso agradeceria, nos enviases un resumen de las cosas mas destacadas que se hayan dicho en la conferencia, pues por limitaciones geográficas lógicamente no podré acudir , aunque el tema me parece de máximo interes.
Muchas Gracias
Buenas tardes.
Os mandaré un resumen de las conclusiones más importantes.
Un saludo.
Estimado Vicente.
Enhorabuena y gracias por la iniciativa y la invitación. Me encantaría asistir, pero me será imposible. Espero con avidez esas conclusiones.
Abrazos.
Laureano
Buenas tardes.
Os traslado unas breves conclusiones sobre la conferencia que en materia de caza, se impartió el pasado viernes.
Tras la exposición por parte del Jefe de Patrulla del SEPRONA, concluimos que actualmente la mayoría de cazadores vamos bien documentados, no como al parecer antaño (seguro, licencia, permiso del titular del coto, etc.) sindo al parecer las infracciones más frecuentes las relativas a los perros (identificació n y número de perros) y especies cazadas (ya lo sea por número de piezas, su especie o falta de precinto y documentación de las mismas).
Tras la exposición por parte del Magistrado que como miembro del Tribunal que controla la legalidad de las resoluciónes, tanto de las Delegaciones del Gobierno, como de la Guardia Civil, en relación a la denegación o revocación de las licencias de armas por diversos motivos, nos instruyó con exposición de numerosas sentencias y casos reales, como las denegaciones son revocavas por el Tribunal en numerosísimos casos, reconociendo el derecho del administrado a tener licencia de armas, ya que la denegación bien se basa en hechos antiguos, bien por que se basa en hechos que nada tienen que ver con la caza, ni suponen un riesgo para sí o para terceros, por lo tanto SE HEGE MUY ACONSEJABLE RECURRIR LAS POSIBLES DENEGACIONES.
Otra conclusión que pudiéramos calificar de IMPORTANTÍSIMA es que si a los tres meses de solicitar la licencia de armas, no tenemos resolución denegatoria expresa, LA LCENCIA SE HE CONCEDIDO POR SILENCIO ADMINISTRATIVO y el Tribunal así lo sentenciará si se le solicita en el suplico de la demanda.
Quedo a vuestra disposción, para lo que necesitéis.
Un saludo.

