La Asociación del Corzo Espanol y la Unión de Asociaciones de Titulares de Tecores de Galicia cuentan, desde el ano 2006, con un convenio marco de colaboración. Este convenio se ha materializado en distintas iniciativas de formación de cazadores, guardas y profesionales de la caza que trabajan en Galicia, en propuestas y entrevistas conjuntas con las autoridades competentes en materia de caza y gestión de la vida silvestre. A continuación puede leerse el texto completo de este acuerdo.

1º.   Ambas partes, se reconocen como interlocutores cualificados en sus respectivos campos de actuación, y consecuentemente con ello, UNITEGA promoverá entre sus afiliados la asociación de los cazadores y Sociedades de Cazadores a la ACE.

2º.   ACE facilitará a UNITEGA:

a.      Los programas de formación y concienciación de cazadores y gestores de cotos para garantizar una caza sostenible.

b.      El profesorado más conveniente para la ejecución de los programas formativos.

c.      Propuestas para la armonización normativa y para la adaptación de los textos legales a las necesidades de la biología de las especies de caza y las costumbres de las provincias o regiones.

d.      Asistencia técnica en la gestión de los territorios de caza de las sociedades integradas en UNITEGA, mediante la sugerencia de las metodologías más adecuadas en el censo, evaluación de posibilidades de extracción, prevención de danos y accidentes, sistemas de caza, sanidad e higiene.

e.      Cualquier otra actividad que derive de los fines fundacionales de la entidad y que pueda resultar de interés para UNITEGA.

3º.   UNITEGA facilitará a la ACE:

a.      Locales para cursos o reuniones de carácter abierto.

b.      Espacios en revistas escritas de ámbito autonómico con las que la UNION tiene, a su vez, suscritos acuerdos de colaboración, y en base a los cuales dispone de varias páginas mensuales; y siempre en el supuesto caso de que la ACE no pueda acceder directamente a dichos espacios de divulgación por exigencias económicas de éstos o por intervención de terceras partes ajenas a ambas asociaciones.

c.      Colaboración y opinión en todos los asuntos legales que la ACE pudiera requerir a la UNION, a través de la Comisión Legal de UNITEGA.

d.      Colaboración y opinión en todos los asuntos técnicos que la ACE pudiera requerir a la UNION, a través de la Comisión Científica y Técnica.

4º.   Las dos asociaciones se comprometen a transmitir en los organismos, organizaciones y comisiones consultivas en las que esté presente, tanto a nivel gallego, estatal o europeo, las propuestas e iniciativas de las mismas de forma recíproca.

5º.   Para el desarrollo práctico de este convenio de colaboración, se crea una comisión de seguimiento formada por una persona de cada asociación. Esta Comisión de Seguimiento se reunirá en sesión ordinaria una vez al ano y en sesión extraordinaria cuando así lo demande una de las dos partes.

Unitega